2°
PARCIAL
ARTÍCULO
20 APARTADO B CONSTITUCIONAL
FRACCIÓN
I: DERECHOS DE PERSONAS IMPUTADAS
"A que se presuma
su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia
emitida por el juez de la causa;"
Principio
de inocencia: parte fundamental del derecho al debido proceso, garantiza que en el
juicio debe probarse la culpa del imputado y no la inocencia de éste.
En el CNPP se protege
este derecho.
Artículo 13 CNPP.
PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA: "Toda persona se presume inocente y
será tratada como tal en todas las etapas del procedimiento, mientras no se
declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el órgano
jurisdiccional, en los términos señalados en este código"
Quien realiza la
imputación tiene la obligación de acreditar el delito.
Este principio de
presunción de inocencia se relaciona con el debido proceso.
PRESUNCIÓN
DE INOCENCIA
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Carga de la prueba: Quien realiza la
imputación.
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Aplica desde la querella o denuncia
hasta que exista la denuncia definitiva.
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Probable responsable.
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En el ámbito
internacional, el derecho se encuentra protegido en la Declaración
Universal de Derechos Humanos cuyo artículo 11 dispone:
"Toda persona acusada
de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su
culpabilidad, conforme a la ley y en el juicio público en el que se le haya
asegurado todas las garantías necesarias para su defensa" (Con ello amplia
el derecho de presunción de inocencia)
Por su parte, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, este
instrumento fue ratificado en nuestro país como integrante de la OEA y en su artículo 8 establece:
"Toda persona
inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se
establezca legalmente su culpabilidad".
Finalmente, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticas de la ONU
en el artículo 14 protege la presunción de inocencia en los términos
siguientes:
"2. Toda persona
acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se
pruebe su culpabilidad conforme a la ley".
Se aplicara el ámbito
internacional para la defensa de los derechos humanos cuando otorgue protección
más amplia al imputado, basándose en el principio pro persona y progresividad.
